El Barcelona informó de que el Juzgado de Primera Instancia 47 de Barcelona decretó que la jurisdicción competente son los Juzgados Mercantiles (y no Civiles) de la ciudad catalana.
La empresa audiovisual denunció el pasado 21 de septiembre, durante el choque entre el Barça Femenino y el Atlético de Madrid de Primer Iberdrola, que la entidad azulgrana diese el partido por su canal de televisión (Barça TV) sin su permiso, ya que tiene comprados los derechos televisivos del Atlético de Madrid.
Sin embargo, el Barça entendió que podía emitir el encuentro al disputarse en casa y no tener cedidos sus derechos a ninguna empresa audiovisual, por lo que decidió emitir el partido a través de sus plataformas audiovisuales. El Juzgado le ha dado ahora la razón.
El Barcelona informó de la decisión del Juez a través de un comunicado oficial: "En relación con las medidas cautelares solicitadas por Mediapro para impedir al FC Barcelona, el 21 de septiembre pasado, la retransmisión del partido de la Liga Iberdrola entre nuestro equipo femenino y el Atlético de Madrid, el Juzgado de Primera Instancia 47 de Barcelona, aceptando los argumentos del FC Barcelona, ha decretado que la jurisdicción competente son los Juzgados Mercantiles (y no Civiles) de Barcelona".
"Esta resolución supone también declarar la nulidad de pleno derecho de todas las actuaciones realizadas hasta la fecha como consecuencia de la adopción de estas medidas, por lo que el FC Barcelona se reserva el derecho a interponer la correspondiente demanda en reclamación de los daños y perjuicios que se le han causado", sentencia el comunicado.
Comunicado del FC Barcelona en relación con las medidas cautelares solicitadas por Mediapro para impedir al Club la retransmisión del Barça - Atlético de Madrid femenino
— FC Barcelona (@FCBarcelona_es) 9 de octubre de 2019
Los detalles: https://t.co/YH4u6wMPE3 pic.twitter.com/HSk00Y8XrR