El Comité considera que el jugador es autor responsable de una infracción muy grave prevista en el artículo 48 del Reglamento Disciplinario de la Federación Canaria de Fútbol.
La agresión se produjo en el minuto 66 del partido de la Segunda Categoría que disputaron el pasado 30 de marzo el Arucas y el Universitario en el campo Elías Riskallal, cuando el futbolista visitante propinó un cabezazo a la altura de la mandíbula del rival, provocándole una hemorragia.
El texto del artículo de referencia indica que "se sancionará con suspensión de dos a cuatro años al que agrediese a otro llevando a cabo la acción con inequívoco propósito de causar daño y originando el hecho lesión de especial gravedad, tanto por su propia naturaleza como por el tiempo de baja que suponga".
En uno de los fundamentos de derecho, el Comité expone que "si bien no consta la baja del jugador, que continuó jugando el resto del encuentro, no deja de ser cierto que el mecanismo empleado por el jugador agresor, lejos de formar parte de un lance del juego, constituye un acto reprobable y contrario a las más elementales normas de respeto en el deporte".
En su resolución, el organismo disciplinario también desestima las alegaciones presentadas por el CD Universitario al calificarlas de "meras consideraciones subjetivas", aunque el club grancanario podrá interponer recurso ante el Comité de Apelación.