El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la decisión del Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAD) y ha dado la razón a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) en el procedimiento empleado en la convocatoria de las elecciones presidenciales.
La RFEF convocó elecciones a su presidencia el 17 de agosto, si este mes de consideraba hábil y de no ser así el 17 de septiembre, y recurrió al TSJM después de que el TAD anulara su convocatoria por defecto de forma, tras varias reclamaciones.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que no se ha incurrido en irregularidad en cuanto a la competencia del órgano, por lo que ha permitido continuar adelante con el proceso electoral, lo que permite que las elecciones puedan continuar a partir del momento en que quedaron suspendidas.
Una decisión llevada a cabo por el TSJM al considerar un atropello paralizar el proceso electoral. Por lo tanto, la Junta directiva sí que estaba legitimada a la hora de convocar las elecciones, que ahora no tienen fecha definitiva, pero que recuperan todos los procesos ya avanzados, como el de la composición de la Asamblea.
El auto conocido hoy es recurrible en reposición ante la misma Sala que lo ha dictado en el plazo de cinco días desde la notificación del mismo, confirmó el tribunal.
Este es el auto de 29 de julio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo al que ha tenido acceso 'Iusport':
"Suspender la eficacia de la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte de 26 de junio de 2020, que declara la nulidad de pleno derecho de la convocatoria de elecciones a la presidencia, asamblea general y comisión delegada de la Real Federación Española de Fútbol para el período 2020–2024 acordada por la Junta Directiva de la federación el día 10 de junio de 2020, así como la anulación del calendario electoral publicado, con retroacción del procedimiento al momento inmediatamente anterior al de la convocatoria y elaboración del calendario electoral", reza el escrito.