Este jueves saltaba la sorpresa en las emisoras radiofónicas cuando la 'Cadena SER', en su programa 'El Larguero', anunciaba que el Barcelona y Antoine Griezmann tenían un acuerdo para su llegada al club azulgrana desde el mes de marzo.
El galo, que anunció el 14 de mayo que dejaba el Atlético de Madrid, tendría así nuevo equipo para la próxima campaña, con lo que, de ser cierto, el Barça habría negociado a la espalda del club rojiblanco con el futbolista.
Si bien esta práctica está prohibida por la FIFA, lo cierto es que a la hora de la verdad nunca hay multas o sanciones y muchos equipos lo hacen de manera habitual sin generar demasiado ruido.
Hay que recordar que el organismo internacional prohibe que un club hable con un jugador directamente a no ser que se encuentre en los últimos seis meses de su contrato.
Así pues, con todos estos datos, ¿podría el Barcelona ser sancionado si se demuestra que hubo una negociación con Griezmann en marzo? El único precedente al respecto es el del Chelsea con Gaël Kakuta e incluso entonces su sanción quedó anulada por el TAS.
Por otra parte, el reglamento de la FIFA hace referencia a las transferencias internacionales, caso de Kakuta y el Chelsea, y no a las nacionales, que sería donde se enmarcaría el cambio de equipo de Griezmann.
Para las transferencias nacionales, la FIFA cede la competencia a los reglamentos de cada Federación. Y en España se considera que, al existir cláusula de rescisión, todos los jugadores están en este período de seis meses antes de la finalización del contrato. Por ello, nunca ha sido sancionado un club por este motivo y el Barcelona, en caso de considerarse que negoció de verdad con Griezmann, cosa que aún no es segura, tampoco tendría sanción.