El Supremo absuelve a Louzán del delito de prevaricación

Este jueves, el Tribunal Supremo ha determinado anular la sentencia que condenaba a Rafael Louzán a siete años de inhabilitación, por lo que podrá continuar ejerciendo como presidente de la Real Federación Española de Fútbol. El dirigente llegó a ella tras ganar las elecciones el pasado mes de diciembre.
Los hechos que se le imputaban se remontaban al año 2013, cuando era presidente de la Diputación de Pontevedra. Entonces, el dirigente otorgó una subvención de 86.311 euros para abonar unas obras de mejora en el campo de fútbol del municipio de Moraña que fue considerada irregular. En 2020, la Audiencia Provincial falló que Louzán había incurrido en un delito de prevaricación administrativa.
"La Sala anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó al expresidente de la Diputación y a los otros tres acusados por el mismo delito, pero les absolvió del delito de fraude a la administración por el que también fueron condenados por el juzgado nº 3 de lo Penal de dicha ciudad a dos años de prisión cada uno", relata el departamento de Comunicación del Tribunal Supremo. En esta orden quedan también absueltos el ex director de Infraestructuras de la Diputación Manuel Ángel González Juanatey, así como el administrador y un representante de la empresa constructora.
Para el tribunal, los hechos probados no constituyen un delito de prevaricación y asegura que dentro de su tipificación no existe un supuesto como este. En él se adjudicó un contrato para pagar al contratista unas obras que ya estaban realizadas y que no se abordaron por una connivencia entre los acusados. El Supremo explica que para violar la norma no solo tendría que ser una resolución arbitraria, sino que se emitiera para producir un resultado materialmente injusto. En este caso, la Administración estaba obligada a pagar por un trabajo que se había hecho con anterioridad.
Lo que ocurrió fue que en 2013, la Diputación aprobó junto al Concello de Moraña un convenio para instalar hierba artificial en el campo de fútbol El Buelo. Los trabajos los realizó la empresa Construcciones Eiriña SL. Una vez terminados, resultó que esta compañía había abordado otras obras que no estaban contempladas en el proyecto inicial, y que constaban de un casetón para colocar la bomba hidráulica del riego, unos cuartos de almacén bajo el graderío, cerramientos sobre las escalera, variassolerías de hormigón y la ampliación de un muro.
Dado que ya se había adjudicado una primera subvención limitada exclusivamente al plan original, la Junta de Gobierno acordó conceder una segunda para cubrir el coste de las obras extra. Como el procedimiento legal obliga a abrir un concurso, este se convocó con la predeterminación de concedérselo a la misma compañía porque es la que ya había acabado el trabajo. Así, aunque la Audiencia Provincial sí lo consideró un delito, el Tribunal Supremo ha decidido absolver definitivamente a Rafael Louzán y el resto de acusados.
Pese a la condena que aún pesaba sobre él, aunque con medidas cautelares y a la espera de esta resolución, Rafael Louzán no tuvo problemas para presentarse a las elecciones de la Real Federación Española de Fútbol. El ex dirigente de la Territorial Gallega decía estar tranquilo y seguro de que sería absuelto, como así ha sido, y se impuso en las votaciones a Salvador Gomar por 90 votos a 43.