La jueza del Juzgado de 1ª instancia nº 64 de Madrid desestimó la demanda presentada por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) contra la Liga Nacional de Fútbol Sala (LNFS) del pasado 7 de julio de 2020, que solicitaba la nulidad del acuerdo cerrado en la Asamblea General Extraordinaria de la LNFS.
El objetivo principal de la demanda impuesta por la RFEF era "mantener su potestad sancionadora hacia el presidente de la LNFS, Javier Lozano en la actualidad. La jueza expuso en los fundamentos de derecho la falta de legitimación de la RFEF para ejercer la acción de impugnación del acuerdo de modificación de los Estatutos que rigen la LNFS", indicó LNFS en una nota de prensa.
Además, la LNFS consideró que "no se ha justificado por parte de la RFEF ni un solo requisito de la acción de anulabilidad a la que se refiere la demanda".
En el comunicado, destaca que "los designios" de la LNFS solo competen a sus "asociados" e "indica que la posibilidad de modificar los Estatutos es un derecho de los clubes y entidades deportivas que son socios de la LNFS y entra dentro de la capacidad de auto organización, sin que la RFEF figure como socio".
Una de las modificaciones en los Estatutos es que "facultan" a la Asociación a "afiliar" a la misma todos aquellos clubes que tomen parte en "competiciones oficiales" de fútbol sala, independientemente de la categoría y género de la entidad deportiva.